Covid-19 – Secretaría de Comercio Interior. Prórroga de la Resolución 100/2020.

A través de la Resolución 133/2020, de fecha 16 de mayo de 2020 y publicada en el Boletín Oficial del día 18 de mayo del corriente, la Secretaría de Comercio Interior de la Nación prorrogó hasta el 30 de junio de 2020 la vigencia de la Resolución 100/2020 cuyo contenido informáramos en la Nota Informativa del pasado 20 de marzo de 2020.

La referida Resolución 100/2020:

• Estableció que todos los sujetos alcanzados por el deber de información previsto en el art. 4 de la Resolución N° 12/2016 de la ex Secretaría de Comercio(1) deberán fijar, para todos los productos incluidos en el Anexo I de la Disposición N° 55/16 de la ex Subsecretaría de Comercio Interior(2), como precios máximos de venta al consumidor final, aquellos precios efectivamente informados al SEPA(3) vigentes al día 06.03.2020 para cada producto descripto en su reglamentación y por cada punto de venta.

• Estableció que todos los sujetos alcanzados por el deber de información previsto en el art. 2 de la Resolución N° 448/2016 de la ex Secretaría de Comercio(4) deberán fijar, para todos los productos incluidos en el Anexo I de dicha Resolución(5), como precios máximos de venta, aquellos precios efectivamente informados por cada comercializadora al SEPA y vigentes al día 06.03.2020 para casa producto descripto en su reglamentación y por cada punto de venta.

• Intimó a todas las empresas que integran la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos indicados en los dos puntos anteriores, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada, y a arbitrar medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante la vigencia de las medidas dispuestas. Las medidas ordenadas tendrán una vigencia de 30 días corridos contados a partir de hoy, y podrán ser prorrogadas en caso de necesidad.
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Notas:
(1) Todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas conforme los términos de la Ley N° 25.300 y sus modificatorias y complementarias.
(2) https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/disposici%C3%B3n-55-2016-267560/texto.
(3) TEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICIDAD DE PRECIOS ARGENTINOS, creado por la Resolución N° 12/2016 de la ex Secretaría de Comercio.
(4) Todos los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas, a excepción de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas conforme los términos de la Ley N° 25.300 y sus modificatorias y complementarias.
(5) https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-448-2016-269105/texto.

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