Covid-19 – Ministerio de Transporte-Dirección Nacional de Transporte Automotor de Cargas. Protocolo sanitario

El Ministerio de Transporte publicó un Aviso Oficial en el Boletín Oficial del 27 de mayo del corriente que reglamenta el art. 2 de la resolución MTR 60/2020 (B.O. 14/03/2020), creando un protocolo Covid-19, para el Transporte Automotor de Cargas que establece:

1 RECOMENDACIONES GENERALES.

• Las Transportistas deben seleccionar al personal, de acuerdo a un orden de prioridad según los parámetros de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud.

• Instruir al personal involucrado, sobre las medidas de distanciamiento social preventivo obligatorio.

• Incrementar el cuidado sanitario de los trabajadores.

• Incrementar las condiciones de higiene en las unidades de transporte y los lugares donde transitan o permanecen los trabajadores.

• Proveer barbijo o cubreboca o máscara protectora a los conductores y otros trabajadores que trabajan en las empresas transportistas.

• Minimizar el contacto físico, con circulación de elementos, papeles y dinero.

• Fomentar el uso de información digital en cualquier operación.

• Capacitar al personal respecto a las normas sanitarias de las autoridades nacionales y provinciales, relacionadas a la pandemia COVID-19.

• Tener un plan de contingencia COVID-19 para los trabajadores, que contemple lugares de aislamiento dentro y fuera de la empresa transportista.

• Identificar los lugares donde se encuentran los elementos de higiene y protección sanitaria, para los trabajadores.

• Identificar al personal que viaja en cada vehículo para que, ante un caso sospechoso o confirmado, se pueda comunicar a las personas que estuvieron en contacto, y también a la Autoridad Sanitaria correspondiente.

• Instruir al personal respecto a la inconveniencia de auto medicarse, cuando presenten temperatura superior a los 37,5° (grados centígrados) tos, dolor de garganta, dificultad al respirar, pérdida del gusto, pérdida del olfato y/o malestar general, aunque sean síntomas leves. En estos casos se debe consultar inmediatamente con el sistema de salud nacional al número 0800- 222- 1002.

1.2 ELEMENTOS A LLEVAR EN EL CAMION.

• Lista de Centros de Salud disponibles en el ámbito del servicio de transporte (ubicación, teléfonos) donde se pueda concurrir en caso de necesidad.

• Kit de higiene personal:

- Alcohol en gel y jabón.

- Toallas descartables.

- Guantes descartables.

- Gafas o lentes protectores para cuando el chofer baje de la unidad (los cuales no deben utilizarse para manejar, ya que pueden distorsionar la visión).

- Barbijo o cubreboca o máscara protectora.

• Birome de uso personal.

• Dispersor con sustancia desinfectante a base de alcohol, lavandina, amoníaco u otro producto aprobado por el Ministerio de Salud.

• Bolsa para desechos.

1.3 RECOMENDACIONES PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE Y LOGÍSTICA.

Adicionalmente a los protocolos sanitarios adoptados y publicados por cada empresa, se recomienda:

• Disponer de elementos de protección personal (EPP) para los trabajadores, en función a las tareas que realicen y su riesgo de contagio, siendo obligatorio su uso cuando lo disponga la empresa.

• Los EPP no deben compartirse.

• Antes que el trabajador se coloque un EPP, deberá lavarse las manos respetando lo indicado en el Anexo del presente protocolo.

• Los EPP deben utilizarse de acuerdo a las indicaciones del fabricante.

• Controlar que toda persona que ingrese, limpie la suela del calzado en trapo de piso embebido en solución desinfectante a base de alcohol, lavandina, amoníaco u otro desinfectante aprobado por el Ministerio de Salud.

• Controlar que toda persona que ingrese, se higienice las manos respetando lo indicado en el Anexo del presente protocolo.

• Organizar horarios de entrada y salida escalonados, a fin de evitar la aglomeración de personas.

• Realizar la ventilación permanente de los ambientes cerrados.

• Desinfectar cada 2 horas las superficies de contacto y los objetos/herramientas de trabajo, utilizando rociador o toallitas con los productos de limpieza recomendados por la autoridad sanitaria.

• Toda persona ajena a la Empresa (proveedores, clientes, profesionales, etc.), deberá respetar el protocolo establecido por la organización.

• Concientizar a los trabajadores sobre la importancia de comunicar la presencia de síntomas compatibles con la enfermedad o si han estado en contacto con personas que los presenten.

• Informar a los trabajadores sobre los riesgos del coronavirus, con especial atención a las vías de transmisión, y las medidas de prevención adoptadas.

• Planificar los servicios de transporte, identificando en viajes de larga distancia, los lugares de paradas (para repostar, descansar, uso de baños, etc.) y asegurarse previamente, que se disponen de los servicios necesarios.

• Planificar las entregas y cargas que se van a llevar a cabo en cada ruta, disponiendo la mercadería adecuadamente en el vehículo, minimizando tiempos y evitando manipulaciones innecesarias de dicha mercadería.

• Disponer de información sobre las medidas sanitarias preventivas, que se aplican en los centros donde se realice la carga/descarga de la mercadería.

• Disponer de datos de contacto del cliente, y acordar día y hora de carga o entrega de la mercadería, para que éste pueda adoptar las medidas preventivas necesarias, y evitar la concurrencia conjunta con otros transportistas.

• Coordinar con el cliente previamente, formas alternativas para la entrega y recepción de la documentación (a través de la digitalización, correo electrónico, telefonía celular, etc.) minimizando el contacto con el personal del centro de carga/descarga de la mercadería.

• En caso de precintado/desprecintado de vehículos, adoptar las medidas higiénicas adecuadas para evitar contaminar el precinto, siendo fundamental el lavado de manos del personal, antes y después de realizar dichas tareas.

• Acordar previamente con el cliente, por teléfono o correo electrónico, cómo y quién va a llevar a cabo la carga/descarga de la mercadería, evitando el contacto directo, o manteniendo una distancia social de 2 metros:

• En el caso de entregas a domicilio, evitar el contacto directo con el cliente.

• Cuando el personal del centro de carga/descarga manipule la mercadería, el conductor deberá permanecer dentro de la cabina del vehículo, desinfectando las superficies con las que el personal tuvo contacto.

• Cuando sea el conductor realice la carga/descarga de la mercadería, esta se dispondrá en lugares específicos, sin entrar en contacto otra persona o manteniendo una distancia de 2 metros.

• Fomentar la carga y descarga mecanizada, evitando que varios trabajadores utilicen dichos equipos, los cuales deben desinfectarse después de cada uso.

• Toda empresa con “modalidades operativas especiales y características particulares de riesgo sanitario” deberá consultar con la autoridad sanitaria y generar su protocolo específico.

1.4 RECOMENDACIONES PARA CONDUCTORES.

• Movilizarse para tomar el servicio, utilizando opciones que garanticen la distancia social preventiva obligatoria de 2 metros.

• En caso de movilizarse en su vehículo particular para tomar el servicio, extremar las medidas de desinfección personal y del coche utilizado.

• Antes de tomar el servicio, no deberán presentar ningún síntoma de la enfermedad.

• Controlarse la temperatura corporal por lo menos una vez al día.

• Los choferes de cargas internacional asintomáticos, cuando ingresen al país quedan exceptuados del aislamiento social y de la prohibición de circular.

• Quienes viajen, deben contar con barbijo o cubreboca o máscara protectora.

• Usar barbijo o cubreboca o máscara protectora, si viaja acompañado en la cabina, o al descender de la misma.

• El conductor y su acompañante (de ser necesario), deberán suscribir una declaración jurada con su domicilio de residencia.

• Evitar tocarse la cara, fundamentalmente ojos, nariz y boca.

• Llevar dentro de la unidad, soluciones de higiene en base a alcohol y alcohol en gel.

• Lavarse las manos con agua y jabón, mojando primero las manos y después el jabón, incluyendo la muñeca, la parte superior de cada mano y cada dedo.

• Lavarse las manos con la mayor frecuencia posible, cómo mínimo durante 40 segundos. Adoptar esta conducta luego de manipular llaves, dinero y basura, antes y después de comer, y después de ir al baño.

• Conducir por corredores seguros de cada provincia, donde haya estaciones de servicio y paradores para el reabastecimiento, descanso y refrigerio, en las condiciones de distanciamiento social previstas en el presente protocolo.

• No abandonar el vehículo, excepto en situaciones que involucren controles en la ruta y/o utilización de sanitarios y/o aprovisionamiento de alimentos, las cuales deberán limitarse a lo mínimo indispensable.

• Mantener el distanciamiento social preventivo obligatorio con otras personas de 2 metros, en lugares de carga, descarga, oficinas y paradores.

• Realizar en lo posible trámites vía web, vía mail o a través de telefonía móvil, para no concurrir a lugares públicos.

• Estornudar o toser sobre el pliegue del codo o sobre un pañuelo descartable.

• Ventilar la cabina del camión varias veces al día, y dejarlo al sol cuando sea posible, favorecer la ventilación cruzada, aún con temperatura baja.

• Higienizar el vehículo (volante, manijas, vidrio y luneta) mediante un rociador con sustancia desinfectante a base de alcohol, lavandina, amoníaco u otro desinfectante aprobado por el Ministerio de Salud.

• Limpiar de igual modo objetos personales: billetera, lapicera, teléfono móvil, cargador, etc.

• Evitar tocar picaportes y canillas en espacios públicos, y en caso de hacerlo desinfectarlos antes, con paños humedecidos con un producto en base a alcohol, lavandina, amoníaco u otro insumo aprobado por el Ministerio de Salud, lavándose las manos al terminar del modo antes indicado.

• En viaje cambiar de ropa y no mezclarla con la ropa limpia.

• Mantenerse bien hidratado para una conducción más segura.

• No compartir utensilios propios como vaso, taza, cuchara, etc.

• No compartir mate.

1.5 RECOMENDACIONES PARA LUGARES DE CARGA Y DESCARGA.

1.5.1 Para trabajar en Industrias, Centros Logísticos, Depósitos, Comercios, Campos, Plantas de Acopio y Puertos.

Adicionalmente a los protocolos sanitarios adoptados y publicados por cada empresa donde se realice la carga o descarga, el transportista deberá:

• No descender de la unidad, salvo en caso absolutamente necesario.

• Evitar siempre el contacto físico con personas o bienes del lugar de trabajo.

• En caso de descender de la unidad, usar siempre barbijo o cubreboca o máscara protectora, y mantener el distanciamiento social de 2 metros.

• Evitar las concentraciones con personas, con las que debiera relacionarse.

• Individualizar los bienes del personal que los atienda y no tocarlos.

• No compartir mate.

• Permanecer en espacios donde se respete la distancia social obligatoria.

• Permanecer para descansar en espacios al aire libre.

• En el transporte de cereales, recibir la mercadería en condiciones de cámara, evitando que los mismos sean derivados a empresas acondicionadoras.

• En el transporte de cereales, gestionar la descarga en puertos a través del sistema de turnos.

• Se realizará la descarga, sólo cuando así lo requiera el servicio.

• Antes y después de manipular documentos (Remito, Factura, Hoja de Ruta, Carta de Porte, etc.) o mercadería, higienizarse las manos respetando lo indicado en el Anexo del presente protocolo, y tomar los recaudos de higiene correspondientes (ej: usando folios protectores) para evitar la contaminación.

• En caso de utilizar baños, vestuarios, comedores, etc., asegurarse que los mismos se encuentren en condiciones higiénicas para su uso, de lo contrario no utilizarlos y reclamar ante la empresa su correcto acondicionamiento.

• En el caso de presentar temperatura superior a los 37,5° (grados centígrados) no ingresar al establecimiento.

1.5.2 Para el trabajo en Oficinas de Administración.

Adicionalmente a los protocolos sanitarios adoptados y publicados por cada oficina de administración, el transportista deberá:

• Usar siempre barbijo o cubreboca o máscara protectora, durante su gestión en la oficina.

• Respetar el distanciamiento social obligatorio de 2 metros.

• Evitar la espera en espacios cerrados.

• Solicitar en la oficina, una ventilación cruzada y el ingreso de luz solar.

• Enviar documentación digital, vía mail o telefonía celular o comunicación telefónica, cuando no sea imprescindible la presencia física en la oficina.

• Lavarse las manos con alcohol en gel o agua y jabón, antes y después de manipular papeles, y de usar las instalaciones de la oficina.

• Individualizar los bienes del personal que los atienda, y no tocarlos.

• No compartir mate.

• En el caso de presentar temperatura superior a los 37,5° (grados centígrados) no ingresar a la oficina.

1.5.3 Para las actividades que se realizan en los Paradores.

Adicionalmente a los protocolos sanitarios adoptados y publicados por cada parador, el transportista deberá:

• Usar siempre barbijo o cubreboca o máscara protectora, al descender de la unidad.

• Circular en los espacios comunes respetando la distancia social obligatoria.

• Lavarse las manos, antes y después de usar las instalaciones del parador, para carga de combustible, compra de alimentos, uso de baños, etc.

• Higienizar los elementos personales utilizados, al finalizar las actividades realizadas en el parador.

• Individualizar los bienes del personal que los atienda, y no tocarlos.

• No compartir mate.

• En el caso de presentar temperatura superior a los 37,5° (grados centígrados) no ingresar al parador.

2. DIFUSIÓN Y COMUNICACIÓN.

El Ministerio de Transporte de la Nación, difundirá el presente protocolo a los medios de comunicación disponibles, a los efectos de su difusión a las Cámaras empresarias nacionales del transporte automotor de cargas y a las empresas transportistas.

Las Cámaras empresarias nacionales del transporte automotor de cargas, deberán difundir entre sus asociados, campañas de concientización con folletería y cartelería, para sensibilizar en el cuidado de la salud en los trabajadores.

Las empresas transportistas deberán realizar las siguientes acciones:

• Entrega del presente protocolo, en lo posible en formato digital.

• Disponer de cartelería específica e información de la autoridad sanitaria, la que deberá estar en lugares visibles y con lenguaje sencillo.

La cartelería en las empresas transportistas deberá ubicarse en:

• Puntos de ingreso y egreso.

• Oficinas de atención al público y administrativas.

• Lugares de descanso y esparcimiento.

• Ingreso a los baños y dentro de ellos.

3. SUPERVISIÓN Y CONTROL.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la autoridad competente para ejercer el control sobre el cumplimiento de aquellas pautas que se encuentren exclusivamente bajo la órbita de su competencia, siendo de aplicación en cuanto corresponda, las sanciones establecidas en el Decreto N° 1035/2002.

4. CAPACITACIÓN.

El presente protocolo formará parte del contenido de los cursos de capacitación exigidos a partir de la Disposición N° 48/2019 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), para el otorgamiento y renovación de la Licencia Nacional de Conducir del Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), a fin de informar y capacitar a los conductores en su aplicación.

Asimismo, las cámaras empresarias nacionales del transporte automotor de cargas, sus cámaras provinciales y las empresas transportistas, deberán informar a sus asociados o empleados la necesidad de trabajar bajo las medidas del presente protocolo.

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