Prórroga doble indemnización.

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 961/20 publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, 30 de noviembre de 2020, se amplió hasta el 25 de enero de 2021 inclusive, con motivo de la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto N° 34/19 (ampliada por el Decreto N° 528/20), la doble indemnización para los casos de despido sin justa causa.

Recordamos también que dicha norma es aplicable a los despidos indirectos, es decir, cuando el empleado por una injuria justificada de su empleador -y así se lo decreta- rompe el vínculo de trabajo.

Destacamos que dicho recargo no resulta aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad al 13/12/2019 ni para el Sector Público Nacional.

El vencimiento de esta nueva prórroga coincide, también, con el vencimiento de la prohibición de realizar despidos sin justa causa (art. 245 LCT) y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor (art. 247 LCT), como así también de suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo (arts. 219 a 222 LCT) que fuera fijado por el Decreto PEN Nº 891/2020.

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