Covid-19 – Suspensión procesos electorales, asambleas, congresos y actos institucionales que impliquen movilización, traslado y/o aglomeración de personas de asociaciones sindicales, prórroga mandatos gremiales vencidos con posterioridad al 16/03/2020.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS en adelante) a través de la RESOL-2021-133-APN-ST#MT, publicada en el Boletín Oficial del 23 de febrero del corriente, dispuso:

1- Suspender hasta el 31 de agosto de 2021 los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro del MTEySS.

2- Prorrogar por 180 días a partir del 31 agosto de 2021 los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS) dependiente del MTEySS y los mandatos de los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares que hubieran vencido a posteriori del 16 de marzo de 2020.

Quedan exceptuadas de la prórroga de mandatos aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020.

Estas prórrogas se dictan de igual forma que lo hicieron las Resoluciones Nº 259/2020, 489/2020 y 1199/20 del MTEySS.
3- Los actos institucionales emanados de los órganos directivos de las asociaciones sindicales, necesarios para el normal cumplimiento de la organización sindical, podrán materializarse de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizada la situación de emergencia sanitaria.

4- La Secretaría de Trabajo estableció que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales se hará cargo de “analizar y autorizar, a petición de las entidades sindicales, la realización de las asambleas, congresos o actos que fueren factibles llevar a cabo, y a coordinar las acciones necesarias a fin de determinar los requisitos y cronogramas que reúnan las mejores condiciones sanitarias y de seguridad, en el marco de la pandemia de COVID-19”.

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