Nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil - Resolución Nº 3-E/2017 del Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil

A través de la Resolución Nº 3-E/2017 del Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada en el Boletín Oficial del día 28/06/2017, se ha fijado el nuevo valor del salario de la referencia a partir del 1º de julio de 2017 en la suma de $ 8.860.- para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada laboral a tiempo completo, y de $ 44,30.- por hora para los trabajadores jornalizados.

A partir del 1º de enero de 2018 dicho concepto se incrementa a las sumas de $ 9.500 mensuales, y de $ 47,50 por hora.

Por otro lado, y a partir del 1º de julio de 2018 estos importes se elevan a $ 10.000.- para los trabajadores mensualizados, y a $ 50.- por hora para los jornalizados.

Para considerar si se respetan los salarios mínimos que anteceden, no se deben computar las asignaciones familiares ni los beneficios sociales no remuneratorios. Además, el servicio doméstico se encuentra excluido de los alcances del salario mínimo vital y móvil.

Por último, en el artículo 2º de dicha Resolución, también se incrementaron los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, en las sumas de $ 2.061 y $ 3.297,60, respectivamente a partir del 1º de julio de 2017, de $ 2.209,80.- y $ 3.535,68.- a partir del 1º de enero de 2018 y de $ 2.26,03.- y $ 3.721,65.- a partir del 1º de julio de 2018.

Ante cualquier inquietud o necesidad de ampliación del presente, podrán comunicarse con el Dr. Mariano Vaquero (mva@moltedo.com.ar).

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