Medidas del Gobierno. Empleados dependientes (Dec. 561/2019)

El Gobierno Nacional ha tomado recientemente dos (2) medidas –entre otras- que afectan directamente los haberes de los empelados dependientes, a saber:

Impuesto a las Ganancias.

Mediante el Decreto PEN 561/2019 (B.O. 15/08/19) se estableció en el marco del impuesto a las Ganancias, el incremento del mínimo no imponible y deducción especial para empleados en relación de dependencia (y otros sujetos).

Esos incrementos deben aplicarse con los salarios que se abonen a partir de septiembre 2019 y hasta diciembre del mismo año.

Esta reforma traerá como consecuencia un saldo a favor del empleado, el que se determinará por aplicación de las nuevas tablas de cálculo para el Impuesto que a tal efecto aprobó la Res AFIP 4546/19 (B.O. 16/08/19).

Esa diferencia a favor, se reintegrará en 2 cuotas iguales en los meses de setiembre y octubre de 2019. El empleador deberá exteriorizarla en los recibos de haberes, bajo la voz "Beneficio Decreto 561/19".

Aportes Jubilatorios personales. Reintegro.

A través del mismo Decreto se dispone que el Estado soportará en algunos casos, los aportes jubilatorios del empleado (del 11%), en determinada proporción y nunca más allá de los $2.000 mensuales. El empleado para ser beneficiario de esta exención deberá tener un sueldo igual o menor a $60.000 brutos.

Se aplicará a los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2019. Para el personal con trabajos a tiempo parcial, el importe del beneficio será proporcional al monto antes señalado.

A su turno la Res. AFIP RG 4558/19 (BO. 26/08/19) reglamentó este punto, aprobando un aplicativo del sistema SICOSS (Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social) en donde se crea un campo específico denominado “Ajuste Aporte Decreto 561/2019” para poder implementar estas disposiciones.

Por último, señalamos que al ser temas netamente impositivos y liquidatorios de salarios, sugerimos analizar con vuestros asesores en dichas áreas estos temas para su correcta implementación.

Ante cualquier inquietud sobre este tema podrán comunicarse con Mariano Vaquero al teléfono 5281-3000 o por mail a la dirección mva@moltedo.com.ar. 

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