Corona Virus (COVID-19). AFIP. Ampliación de plazo para acogimiento a planes de facilidades permanente. Suspensión de traba de medidas cautelares respecto de Pymes.

AFIP. Resolución General 4683/2020. Ampliación de plazo para acogimiento a planes de facilidades permanente.

Informamos que, en consonancia con las medidas extraordinarias que se están tomando como consecuencia de la expansión de los casos de corona virus (COVID-19), en el día de hoy la AFIP publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 4683/2020 mediante la cual se amplía hasta el 30/06/2020 el plazo de vigencia transitoria de los planes de facilidades permanentes previstos en la Resolución General 4268/2019.

Esta ampliación mantiene los requisitos y condiciones de acogimiento establecidos oportunamente en la Resolución General 4268/2019, pero extiende hasta el 30/06/2020 el plazo hasta el cual los contribuyentes podrán adherirse a dicho régimen de facilidades permanente.

Recordamos que dicho régimen permanente no es una moratoria ni implica quitas ni remisiones de deuda alguna y pueden incorporarse al mismo las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de seguridad social, sus intereses y multas, vencidas hasta la fecha de presentación del plan.


AFIP. Resolución General 4684/2020. Suspensión de traba de medidas cautelares respecto de Pymes.

También en línea con las medidas extraordinarias que se están tomando como consecuencia de la expansión de los casos de corona virus (COVID-19), en el día de hoy la AFIP publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 4684/2020 a través de la cual se extiende hasta el 30/04/2020 inclusive la suspensión de la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPymes”; así como también respecto de aquellos contribuyentes que estén caracterizados como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.

Esta medida implica que en cualquier tipo de juicio en los que la AFIP intervenga, no podrá solicitar la traba de medidas cautelares (por ej, embargos y/o inhibiciones de bienes) respecto de los contribuyentes caracterizados e inscriptos como Pyme o Potencial Pyme hasta por lo menos el 30/04/2020 inclusive.


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