Covid-19. AFIP. Ampliación de plazo para presentación del Formulario F 572 para trabajadores en relación de dependencia.

Informamos que, en consonancia con las medidas extraordinarias que se están tomando como consecuencia de la expansión de los casos de corona virus (COVID-19), en el día de ayer la AFIP publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 4686/2020 mediante la cual se amplía hasta el 30/04/2020 inclusive el plazo hasta el cual se podrá presentar el Formulario de Declaración Jurada F 572 por parte de los trabajadores en relación de dependencia correspondiente al periodo fiscal 2019.

Dicho formulario permite a los trabajadores en relación de dependencia informar los conceptos a deducir del Impuesto a las Ganancias como así también las percepciones que les hubieran sido practicadas además de otros ingresos que hubieran obtenido en el caso de pluriempleo. A través de esta información la AFIP realiza el reajuste para determinar si al trabajador le corresponde una devolución. La presentación se realizará vía web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”,

Recordamos que la presentación de este formulario correspondiente a cada periodo fiscal se efectúa hasta el 31 de marzo, inclusive, del año inmediato siguiente al que se declara. Pero en esta oportunidad y con motivo de la situación excepcional que vive nuestro país, la AFIP decidió prorrogar por un mes más la posibilidad de presentación del mismo por parte de los trabajadores en relación de dependencia.

Asimismo, los agentes de retención realizarán la liquidación anual correspondiente al aludido período hasta el día 29 de mayo de 2020, inclusive. El importe determinado en dicha liquidación anual, será retenido o, en su caso reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior o, en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el día 10 de junio de 2020, inclusive.

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