Covid-19. Ministerio de Trabajo. Trabajadores de edificios.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de la RESOL-2020-222-APN-MT publicada en el Boletín Oficial de fecha 23/03/2020 dispone que la actividad de los trabajadores de edificios, con o sin goce de vivienda, que no se encuentren dentro los artículos 1 y 2 de la resolución 207/2020 del MTEySS (mayores de 60 años, embarazadas, grupos de riesgo y aquellos que puedan hacer tareas en su domicilio) será considerada como tarea esencial hasta el 31/03/2020.

Los empleadores de los trabajadores de edificio, deberán en consecuencia establecer con aquellos cronogramas de prestación de servicios reducidos a los estrictamente necesarios, y deberán otorgar los elementos idóneos de limpieza, cuidado, seguridad y prevención, con el objetivo de disminuir el nivel de exposición de estos trabajadores.

Además, la resolución aclara que deben otorgarse los certificados de libre circulación para que los trabajadores puedan concurrir al trabajo y así presentar ante las autoridades (artículo 6 resolución 219/2020 del MTEySS).

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