Covid-19. Ministerio de Transporte. Aclaraciones respecto al transporte de cargas.

A través de un aviso oficial publicado en el Boletín Oficial de fecha 23/03/2020, el Ministerio de Transporte hace saber que el transporte de cargas nacional e internacional, en todas sus modalidades: aéreo, terrestre, marítimo, fluvial, lacustre; se encuentra habilitado para circular, siendo los trabajadores considerados personal esencial.

Habida cuenta que la actividad del transporte de cargas se encuentra exceptuada con el fin de satisfacer la demanda y el normal abastecimiento de insumos imprescindibles para la población y de garantizar el flujo de bienes en todo el territorio nacional, se requiere a los operadores de medios de transporte de cargas, internacionales y nacionales, que operan en la REPÚBLICA ARGENTINA y a los operadores de actividades conexas requeridas para la operatoria portuaria, terrestre y aérea, que tengan a bien arbitrar los medios apropiados a fin de dar continuidad a las tareas que sean necesarias llevar a cabo durante el periodo establecido para la vigencia de la Emergencia Sanitaria; ello en cumplimiento de las medidas sanitarias y las acciones preventivas que establezca la autoridad de aplicación.

Aclaramos que está habilitación está referida exclusivamente al transporte de cargas de productos e insumos vinculados a las actividades que son objeto de la excepción de aislamiento, conforme lo dispuesto por el Decreto 297/2020 y la Disposición 429/2020 de la Jefatura de Gabinete.

Por último, el aviso solicita a las provincias y municipios del país que arbitren las acciones y medidas pertinentes en el ámbito de sus competencias, tendientes a facilitar la actividad a los transportistas.

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